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El Club Deportivo, es definido como “el elemento creador y dinamiza-
dor del deporte” (Álvaro, Brotons y Mestre, 2002, p.29), y considerado
como el primer momento en que se fomenta la práctica de la actividad;
aquí es donde el deportista se forma y compite en su representación.
A la par de la formación del club deportivo, para que este tenga legiti-
midad ante la ley, el Estado cumple su rol de regulador de las activida-
des que se realicen en su jurisdicción, por lo que en el caso ecuatoriano,
el Ministerio del Deporte es el encargado del registro y reconocimiento
de los clubes, pero manteniendo su naturaleza privada
1
.
En un segundo momento, la organización deportiva se enfocó en
tener una instancia coordinadora y promotora de la práctica del de-
porte, por lo que las Asociaciones de clubes deportivos (o en el caso
ecuatoriano asociaciones o federaciones provinciales se encargan de
“la promoción de una o varias modalidades deportivas, la práctica de
estas por sus asociados, así como, en su caso, la participación en acti-
vidades y competiciones deportivas”) (Blanco, 2006, p.218).
A continuación, la organización deportiva, en su ámbito más amplio,
se conoce como Federaciones Nacionales por deporte, que la confor-
man las Asociaciones y los Clubes, y la reunión de estas son las Fede-
raciones Internacionales por deporte que según Rubén Acosta, en su
obra Gestión y Administración de las Organizaciones Deportivas, las
define como “las organizaciones responsables de la administración y
gestión diaria de las actividades deportivas internacionales”, y añade
que “cada federación internacional es la autoridad mundial máxima de
su respectivo deporte” (Acosta, 2005, p.30).
Es importante precisar que la organización deportiva, desde su crea-
ción, hasta sus niveles más amplios, es en general de naturaleza privada
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y que el Estado no constituye un actor directo de esta estructura, sino
únicamente un regulador, lo que corrobora lo citado por Acosta al men-
cionar que la misma organización es el órgano máximo de regulación.
1 “La naturaleza jurídica de las asociaciones y clubes deportivos es, en la mayoría de
supuestos, de tipo privado” (Blanco, 2006, p.218),
2 Debe acotarse, sin embargo, que, con la intervención Estatal a través del Ministerio
de Deporte, Federaciones deportivas provinciales, cantonales, etc., el deporte si posee
cierta connotación pública, por lo que su naturaleza no se restringe exclusivamente al
ámbito privado, considerando además que está regulado por un ente público.